De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia.
El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.
Se diseñará e implementará un plan de mejoramiento personal, profesional y organizacional o institucional, encaminado al ejercicio del liderazgo y el manejo del poder, la autoridad, el control y el conflicto. El cual busque en el ejercicio del acompañamiento profesional, desarrollar en la comunidad académica, desempeños de comprensión que contrastados con sus historias de vida, desempeños, vivencias, saberes y experiencias, le permitan hacer realidad el ejercicio del liderazgo educativo que la institución educativa planteará como estrategia de mejoramiento desde: El saber ser: El saber aprender. El saber hacer. El saber estar. El saber tener. El saber convivir. El saber trascender.
No hay comentarios:
Publicar un comentario